Según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, una deuda relativa a personas físicas, puede estar incluida en un fichero de morosidad 5 años desde la fecha del vencimiento de la obligación. Las deudas relativas a personas jurídicas pueden estar un máximo de 10 años desde la fecha del vencimiento de la obligación. Una vez transcurrido este periodo la reclamación aparecerá con el estado de "Expirada" de manera automática.
Por tanto, en el momento en el que una reclamación que has creado aparece como "Expirada" significa que la hemos dado de baja del fichero de morosidad.